Mediante auto de fecha 11 de septiembre de 2025 el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Barranquilla reiteró lo señalado en el articulo 583 del Estatuto Tributario, esto es que las declaraciones de renta tienen el carácter de información reservada y salvo en procesos penales o acaso en el de alimentos, no se puede ordenar a la autoridad tributaria la remisión de dicha documentación con fines judiciales, como lo tiene ya decantado de tiempo atrás la Corte Constitucional.
Lo anterior al resolver un recurso de apelación formulado al haberse denegado el decreto de la prueba dentro de un proceso ejecutivo, lo cual fue confirmado al resolverse la alzada.
Fuente: Tribunal Superior de Distrito Judicial de Barranquilla – Sala Civil Familia. Magistrada Ponente Carmiña Gonzalez. Radicado Interno: 46.377.

