Mediante sentencia de fecha 15 de mayo de 2025 proferida por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cartagena con ponencia de la Magistrada Diana Patricia Martínez se ratificó la posición doctrinaria respecto a la posesión legal de la herencia y la posibilidad de que un heredero adquiera por usucapión un bien que hace parte de la masa relicta.
Lo anterior atendiendo un caso en el que un heredero aceptó la herencia de su hermana y posteriormente inició un proceso de pertenencia alegando el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley para adquirir por usucapión.
Tras un análisis del caso en concreto y tener como base los precedentes de la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, se estableció que la actuación de una persona como heredera en una sucesión evidencia su animo hereditario y descarta el animo de propietario y/o posesorio.
Fuente: Sentencia del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cartagena. Magistrada Ponente: Diana Patria Martínez. 15 de mayo de 2025. Radicado: 2017-00310-01
